Manda judicial

Compras de medicamentos que el Ministerio de Salud hace por orden judicial

Llamado a cotizar N° 95

Llamado nro 95/2024- Apertura miércoles 14/08 18hs.
Cierre
2024-08-14 · 18:00 h
Expediente
EX-2024-55692573- -APN-DD#MS
Carátula
O., M. A. C/ ESTADO NACIONALMINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD - DIRECCION DE ASISTENCIA DIRECTA PARA SIT. ESPECIALES S/ AMPARO DE SALUD
Demandado
ESTADO NACIONALMINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD - DIRECCION DE ASISTENCIA DIRECTA PARA SIT. ESPECIALES Estado Nacional / Ministerio de Salud
Objeto
AMPARO DE SALUD
Juzgado
Juzgado Civil y Comercial N° 2, Secretaría N° 4
Expte. judicial
6430/2019
Se pide
  • 24 INY HIERRO ISOMALTOSIDO (COMO HIERRO III ISOMALTOSIDO 1000) 1000.00 MG (100 MG/ML F.A.X 1 X 10ML)

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Llamado · original
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                             PEDIDO DE COTIZACION N°95
                                EX-2024-55692573- -APN-DD#MS

                             PEDIDO DE COTIZACIÓN URGENTE

              FECHA DE CIERRE: MIERCOLES 14 DE AGOSTO 18HS

Nos dirigimos a ustedes, con relación a la medida cautelar dictada bajo el marco la causa
judicial: “O., M. A. C/ ESTADO NACIONALMINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO
SOCIAL SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD - DIRECCION DE ASISTENCIA
DIRECTA PARA SIT. ESPECIALES S/ AMPARO DE SALUD” (Expte. N° 6430/2019), en trámite
ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2, Secretaría N° 4, a fin de solicitar presupuesto por la compra
de:


-     24 INY HIERRO ISOMALTOSIDO (COMO HIERRO III ISOMALTOSIDO 1000) 1000.00

      MG (100 MG/ML F.A.X 1 X 10ML).

No obstante, se aclara que más allá de la presente invitación, el pedido de cotización se

encuentra publicado en el link: https://www.argentina.gob.ar/salud/manda-judicial

Aclarado ello, se procede a informar lo siguiente,

       Para cotizar, deberán poseer al día las correspondientes habilitaciones impartidas por
        la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
        (ANMAT).
       El vencimiento del producto NO podrá ser anterior a los OCHO (8) meses contados
        a partir de su entrega.
       La entrega deberá realizarse DENTRO DEL PLAZO DE CINCO (5) DÍAS
        HÁBILES a partir de recibida la orden de provisión correspondiente. Oportunamente
        se brindarán los datos de contacto para la coordinación de la misma.
       El correspondiente pago se realizará dentro de los 45 días de presentada la factura,
        siempre y cuando la Comisión de Recepción Definitiva de este Ministerio de Salud
        haya establecido que la entrega se concretó en tiempo y forma, para lo cual, en caso
        de requerirse, deberá efectuar una verificación previa de los elementos adquiridos (a
        efectuarse únicamente dentro del AMBA) y se le deberán entregar los remitos físicos
        originales firmados por el receptor de la medicación.
       En caso de requerir el PAGO ANTICIPADO, el mismo deberá efectuarse por EL
        MONTO TOTAL, debiendo presentar DENTRO DEL PLAZO DE TRES (3) DÍAS
       HÁBILES una contragarantía a nombre de este Ministerio de Salud de la Nación por
       el CIEN POR CIENTO (100%) del monto total anticipado, la cual podrá constituirse
       en cualquiera de las formas estipuladas en el Artículo N° 39 del Pliego Único de
       Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración
       Nacional, aprobado por Disposición N° 63 E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE
       CONTRATACIONES y sus normas modificatorias y complementarias. En el caso
       de que, sin aviso ni justificación razonable, la documentación requerida se presentara
       fuera del plazo establecido, los respectivos días de mora se descontarán del plazo de
       entrega de la medicación.
      El incumplimiento de cualquiera de los plazos de entrega indicados en la presente
       orden de provisión lo hará pasible de la aplicación del artículo 102 del Decreto Nº
       1030/2016 de las normas para la adquisición, enajenación y contratación de bienes y
       servicios del Estado Nacional.
      Tanto la factura, de tipo B o C a nombre del Ministerio de Salud (CUIT Nº
       30546663422), como la copia de los remitos firmados por el receptor de los
       elementos y la copia de la orden de provisión correspondiente, deberán ser
       presentados ante este Ministerio de Salud a través del Portal TAD (Trámites a
       Distancia), bajo el proceso de Presentación de facturas no amparadas por proceso de
       compra, debiendo seleccionarse como destino la Dirección General de
       Administración.
      A los efectos de concretarse el pago correspondiente, deberán encontrarse inscriptos
       como beneficiarios en este Ministerio de Salud, en caso de no estarlo, se solicita que
       lo informen a la brevedad para que la Dirección de Contabilidad y Tesorería de este
       Ministerio se contacte con ustedes para efectuar su trámite.
      En caso de encontrarse alcanzados por la exención al impuesto al valor agregado por
       tratarse de la reventa de especialidades medicinales para uso humano, efectuada por
       establecimientos debidamente autorizados por la autoridad competente, que cumplan
       funciones similares a las droguerías o farmacias, deberán acreditar haber tributado el
       impuesto en la etapa de importación o fabricación (Decreto 692/98 TITULO II,
       art.29, párrafo 5°).



Por último, se informa que las cotizaciones serán recibidas HASTA LAS 18 HS DEL
DÍA MIERCOLES 14 DE AGOSTO DEL CORRIENTE, debiendo ser enviada en
PDF y debidamente suscripta al correo electrónico cotizacionesdga@msal.gov.ar.
Asimismo, en las cotizaciones se deberá aclarar la fecha de vencimiento de la
medicación y el menor plazo de entrega posible, para ser analizados por las autoridades
correspondientes.
Se recuerda que el asunto deberá contener el número de expediente del presente proceso e
identificación del oferente.
Por cualquier duda, remitir su consulta a dicho correo, con el asunto: "CONSULTA".
Sin más.

Muchas gracias.




DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN