Llamado N° 390 · cierre 2025-08-04
Estado Nacional / Ministerio de Salud
2025
con ofertas
Llamado a cotizar N° 390
Llamado 390 - Apertura lunes 4/08 - 18hs
- Cierre
- 2025-08-04 · 18:00 h
- Expediente
- EX-2025-75826343- -APN-DNADC#MS
- Carátula
- C. L. S. c/ EN-M CAPITAL HUMANO s/ AMPARO LEY 16.986
- Demandado
- EN-M CAPITAL HUMANO Estado Nacional / Ministerio de Salud
- Objeto
- AMPARO LEY 16.986
- Juzgado
- Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 9 - Secretaría N° 1
- Expte. judicial
- 7703/2024
- Se pide
- Diez (10) frascos de 30 ml de LIVMARLI (Maralixibat)
Ofertas (5)
Ganador probable: la oferta más barata entre las que se ajustan a los requisitos de cada ítem. No es la adjudicación: el Ministerio no la publica (no está en COMPR.AR ni en el Boletín Oficial).
- Droguería Visna — USD 430.000,00 · 1.8% más barata que Droguería Disval confianza alta
| Oferente | Producto | Dosis | Presentación | Cant. | Unitario $ | Unitario USD | Total $ | Total USD | Requisitos / pago |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| DNM farma | Maralixibat (Livmarli) | 30ML | Fraco | 10 | 42.680,00 | 426.800,00 | No se ajusta: No acredita autorización para comercializar | ||
| Droguería Visna | Maralixibat (Livmarli) | 30ML | Fraco | 10 | 43.000,00 | 430.000,00 | Se ajusta | ||
| Droguería Disval | Maralixibat (Livmarli) | 30ML | Frasco | 10 | 43.755,00 | 437.550,00 | Se ajusta | ||
| Novus Farma | Maralixibat (Livmarli) | 30ML | Frasco | 10 | 44.100,00 | 441.000,00 | Se ajusta | ||
| Lowsedo | Maralixibat (Livmarli) | 30ML | Frasco | 10 | 47.010,00 | 470.100,00 | No se ajusta: No acredita autorización para comercializar |
Resaltado: el ganador probable de cada ítem. «≠»: total ÷ unitario no coincide con la cantidad pedida (suele ser precio por caja contra cantidad en unidades).
Documentos
Llamado
· original
ver texto
“2025. Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”
PEDIDO DE COTIZACION N° 390
EX-2025-75826343- -APN-DNADC#MS
PEDIDO DE COTIZACIÓN URGENTE
FECHA DE CIERRE: LUNES 4 DE AGOSTO 18HS
Nos dirigimos a ustedes, con relación a la medida cautelar dictada bajo el marco de la causa
judicial: “C. L. S. c/ EN-M CAPITAL HUMANO s/ AMPARO LEY 16.986", Expte. N°
7703/2024, que tramitan ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 9 - Secretaría
N° 1., a fin de solicitar presupuesto por la compra de:
- Diez (10) frascos de 30 ml de LIVMARLI (Maralixibat).
No obstante, se aclara que más allá de la presente invitación, el pedido de cotización se encuentra
publicado en el link: https://www.argentina.gob.ar/salud/manda-judicial
Aclarado ello, se procede a informar lo siguiente:
A efectos de resguardar la trazabilidad, calidad, seguridad y procedencia del
medicamento objeto de la presente compulsa, los oferentes deberán acompañar
obligatoriamente junto con la cotización la siguiente documentación:
Autorización oficial emitida por el laboratorio titular del producto o su
distribuidor exclusivo designado para la República Argentina en la que conste
expresamente que el oferente cuenta con habilitación para comercializar el
medicamento LIVMARLI (Maralixibat) en el país.
Para cotizar, deberán poseer al día las correspondientes habilitaciones impartidas por la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
El vencimiento del producto NO podrá ser anterior a los OCHO (8) meses contados a
partir de su entrega.
La entrega deberá realizarse DENTRO DEL PLAZO DE CINCO (5) DÍAS HÁBILES a
partir de recibida la orden de provisión correspondiente. Oportunamente se brindarán los
datos de contacto para la coordinación de la misma.
El correspondiente pago se realizará dentro de los 45 días de presentada la factura,
siempre y cuando la Comisión de Recepción Definitiva de este Ministerio de Salud haya
establecido que la entrega se concretó en tiempo y forma, para lo cual, en caso de
“2025. Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”
requerirse, deberá efectuar una verificación previa de los elementos adquiridos (a
efectuarse únicamente dentro del AMBA) y se le deberán entregar los remitos físicos
originales firmados por el receptor de la medicación.
Para aquellas cotizaciones realizadas en dólares estadounidenses se deberá convertir a
pesos argentinos tomando el tipo de cambio vendedor DIVISA del BANCO DE LA
NACIÓN ARGENTINA. Asimismo, se informa que los pagos se realizarán en moneda
nacional tomando en cuenta el tipo de cambio VENDEDOR DIVISA del BANCO DE
LA NACIÓN ARGENTINA vigente al momento de liberar la orden de provisión.
En caso de requerir el PAGO ANTICIPADO, el mismo deberá efectuarse por EL
MONTO TOTAL, debiendo presentar DENTRO DEL PLAZO DE TRES (3) DÍAS
HÁBILES una CONTRAGARANTIA a nombre de este Ministerio de Salud de la
Nación por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto total anticipado, la cual podrá
constituirse en cualquiera de las formas estipuladas en el Artículo N° 39 del Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, aprobado por Disposición N° 63 E/2016 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus normas modificatorias y
complementarias. En el caso de que, sin aviso ni justificación razonable, la
documentación requerida se presentara fuera del plazo establecido, los respectivos días
de mora se descontarán del plazo de entrega de la medicación.
El incumplimiento del plazo de entrega indicado en la orden de provisión lo hará pasible
de la aplicación del Artículo Nº 102 del Anexo I del Decreto Nº 1030/16 “Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional”.
Tanto la factura, de tipo B o C a nombre del Ministerio de Salud (CUIT Nº 30546663422),
como la copia de los remitos firmados por el receptor de los elementos y la copia de la
orden de provisión correspondiente, deberán ser presentados ante este Ministerio de Salud
a través del Portal TAD (Trámites a Distancia), bajo el proceso de Presentación de
facturas no amparadas por proceso de compra, debiendo seleccionarse como destino la
Dirección General de Administración.
A los efectos de concretarse el pago correspondiente, deberán encontrarse inscriptos
como beneficiarios en este Ministerio de Salud, en caso de no estarlo, se solicita que lo
informen a la brevedad para que la Dirección de Contabilidad y Tesorería de este
Ministerio se contacte con ustedes para efectuar su trámite.
En caso de encontrarse alcanzados por la exención al impuesto al valor agregado por
tratarse de la reventa de especialidades medicinales para uso humano, efectuada por
establecimientos debidamente autorizados por la autoridad competente, que cumplan
funciones similares a las droguerías o farmacias, deberán acreditar haber tributado el
impuesto en la etapa de importación o fabricación (Decreto 692/98 TITULO II, art.29,
párrafo 5°).
Por último, se informa que las cotizaciones serán recibidas HASTA LAS 18 HS DEL DÍA
LUNES 4 DE AGOSTO DEL 2025, debiendo ser enviada en PDF y debidamente suscripta al
correo electrónico dgacotizaciones@msal.gov.ar . Asimismo, en las cotizaciones se deberá
“2025. Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”
aclarar la fecha de vencimiento de la medicación y el menor plazo de entrega posible, para
ser analizados por las autoridades correspondientes.
Se recuerda que el asunto deberá contener el número de expediente del presente proceso e
identificación del oferente.
Por cualquier duda, remitir su consulta a dicho correo, con el asunto: "CONSULTA".
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Llamado N° N°390/2025
Diez (10) frascos de 30 ml de LIVMARLI (Maralixibat)
Tecnología Precio Precio Precio Precio Total
Oferente Dosis Presentación Cantidad Requisitos
Sanitaria Unitario $ Unitario USD Total $ USD
Maralixibat
Novus Farma 30ML Frasco 10 * 44.100,00 * 441.000,00 Se ajusta
(Livmarli)
Droguería Maralixibat
30ML Fraco 10 * 43.000,00 * 430.000,00 Se ajusta
Visna (Livmarli)
Droguería Maralixibat
30ML Frasco 10 * 43.755,00 * 437.550,00 Se ajusta
Disval (Livmarli)
No se ajusta: No
acredita
Maralixibat
DNM farma 30ML Fraco 10 * 42.680,00 * 426.800,00 autorización
(Livmarli)
para
comercializar
No se ajusta: No
acredita
Maralixibat
Lowsedo 30ML Frasco 10 * 47.010,00 * 470.100,00 autorización
(Livmarli)
para
comercializar