Manda judicial

Compras de medicamentos que el Ministerio de Salud hace por orden judicial

Llamado a cotizar N° 139

Llamado nro 139/2024- Apertura viernes 4 de octubre a las 18hs
Cierre
2024-10-04 · 18:00 h
Expediente
EX-2024-97606375- -APN-DD#MS
Carátula
L,S.V c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION- AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD s/AMPARO LEY 16.986
Demandado
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION- AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD Incluir Salud / ANDIS · Estado Nacional / Ministerio de Salud
Objeto
AMPARO LEY 16.986
Juzgado
JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMNISTRATIVO DE SAN MARTIN N° 1 , SECRETARIA N° 3
Expte. judicial
FSM 21953/2024
Se pide
  • 12 (DOCE) AMPOLLAS, TREPROSTINIL 10 MG/ML FRASCO AMPOLLA POR 10 ML MARCA TRESUVI

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Documentos

Llamado · original
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                             PEDIDO DE COTIZACION N°139
                             EX-2024-97606375- -APN-DD#MS
                             PEDIDO DE COTIZACIÓN URGENTE
                   FECHA DE CIERRE: VIERNES 04 DE OCTUBRE 18HS
Nos dirigimos a ustedes, con relación a la medida cautelar dictada bajo el marco la causa
judicial: “L,S.V c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION- AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD s/AMPARO LEY 16.986” FSM 21953/2024, de trámite por ante el JUZGADO
FEDERAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMNISTRATIVO DE SAN MARTIN N°
1 , SECRETARIA N° 3, a fin de solicitar presupuesto por la compra de:

   -   12 (DOCE) AMPOLLAS, TREPROSTINIL 10 MG/ML FRASCO AMPOLLA POR 10 ML
       MARCA TRESUVI

No obstante, se aclara que más allá de la presente invitación, el pedido de cotización se
encuentra publicado en el link: https://www.argentina.gob.ar/salud/manda-judicial
Aclarado ello, se procede a informar lo siguiente,


      Para cotizar, deberán poseer al día las correspondientes habilitaciones impartidas
       por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
       (ANMAT).
      El vencimiento del producto NO podrá ser anterior a los OCHO (8) meses contados
       a partir de su entrega.
      La entrega deberá realizarse DENTRO DEL PLAZO DE CINCO (5) DÍAS HÁBILES a
       partir de recibida la orden de provisión correspondiente. Oportunamente se
       brindarán los datos de contacto para la coordinación de la misma.
      El correspondiente pago se realizará dentro de los 45 días de presentada la factura,
       siempre y cuando la Comisión de Recepción Definitiva de este Ministerio de Salud
       haya establecido que la entrega se concretó en tiempo y forma, para lo cual, en
       caso de requerirse, deberá efectuar una verificación previa de los elementos
       adquiridos (a efectuarse únicamente dentro del AMBA) y se le deberán entregar los
       remitos físicos originales firmados por el receptor de la medicación.
      El incumplimiento del plazo de entrega indicado en la orden de provisión lo hará
       pasible de la aplicación del Artículo Nº 102 del Anexo I del Decreto Nº 1030/16
       “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”.
      Tanto la factura, de tipo B o C a nombre del Ministerio de Salud (CUIT Nº
       30546663422), como la copia de los remitos firmados por el receptor de los
       elementos y la copia de la orden de provisión correspondiente, deberán ser
       presentados ante este Ministerio de Salud a través del Portal TAD (Trámites a
       Distancia), bajo el proceso de Presentación de facturas no amparadas por proceso
       de compra, debiendo seleccionarse como destino la Dirección General de
       Administración.
      A los efectos de concretarse el pago correspondiente, deberán encontrarse
       inscriptos como beneficiarios en este Ministerio de Salud, en caso de no estarlo, se
       solicita que lo informen a la brevedad para que la Dirección de Contabilidad y
       Tesorería de este Ministerio se contacte con ustedes para efectuar su trámite.
      En caso de encontrarse alcanzados por la exención al impuesto al valor agregado
       por tratarse de la reventa de especialidades medicinales para uso humano,
       efectuada por establecimientos debidamente autorizados por la autoridad
       competente, que cumplan funciones similares a las droguerías o farmacias, deberán
       acreditar haber tributado el impuesto en la etapa de importación o fabricación
       (Decreto 692/98 TITULO II, art.29, párrafo 5°).


Por último, se informa que las cotizaciones serán recibidas HASTA LAS 18 HS DEL DÍA
VIERNES 04 DE OCTUBRE DEL CORRIENTE, debiendo ser enviada en PDF y debidamente
suscripta al correo electrónico cotizacionesdga@msal.gov.ar. Asimismo, en las
cotizaciones se deberá aclarar la fecha de vencimiento de la medicación y el menor plazo
de entrega posible, para ser analizados por las autoridades correspondientes.
Se recuerda que el asunto deberá contener el número de expediente del presente proceso
e identificación del oferente.
Por cualquier duda, remitir su consulta a dicho correo, con el asunto: "CONSULTA".

Sin más.
Muchas gracias.