Manda judicial

Compras de medicamentos que el Ministerio de Salud hace por orden judicial

Llamado a cotizar N° 1

Llamado nro 1/2024 - Apertura 29/05/24 10:00 am
Cierre
2024-05-29 · 10:00 h
Expediente
EX-2024-49178965- -APN-SSGA#MCH
Carátula
S., M. F. c/ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO s /PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS
Demandado
ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Estado Nacional / Ministerio de Salud
Objeto
PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS
Juzgado
Juzgado Federal en lo Civil y Com. y Cont. Adm. de San Martin 1 - Secretaría 2
Expte. judicial
FSM 12478/2024
Se pide
  • A) CIENTO SESENTA Y OCHO (168) comprimidos recubiertos de ABEMACICLIB 150 MG
  • B) CUATRO (4) frascos ampollas de ACIDO ZOLEDRÓNICO 4 MG
  • C) CIENTO VEINTE (120) comprimidos recubiertos de LETROZOL 2.5 MG

Ofertas (0)

No hay ofertas leídas — el cuadro dice: no es cuadro.

Documentos

Otro · original
ver texto
                           LLAMADO A COTIZAR N° 1/2024
                      EX-2024-49178965-APN-SSGA#MCH
                            PEDIDO DE COTIZACIÓN URGENTE

              FECHA DE CIERRE: MIÉRCOLES 29 DE MAYO 10 HS



Nos dirigimos a ustedes, con relación a la medida cautelar dictada bajo el marco la causa
judicial “S., M. F. c/ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO s
/PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS” FSM 12478/2024), en trámite ante el Juzgado
Federal en lo Civil y Com. y Cont. Adm. de San Martin 1 - Secretaría 2, a fin de solicitar
presupuesto por la compra de:

-A) CIENTO SESENTA Y OCHO (168) comprimidos recubiertos de

ABEMACICLIB 150 MG


-B) CUATRO (4) frascos ampollas de ACIDO ZOLEDRÓNICO 4 MG


-C) CIENTO VEINTE (120) comprimidos recubiertos de LETROZOL 2.5 MG

No obstante, se aclara que más allá de la presente invitación, el pedido de cotización se
encuentra publicado en el link: https://www.argentina.gob.ar/salud

Aclarado ello, se procede a informar lo siguiente,

    Para cotizar, deberán poseer al día las correspondientes habilitaciones impartidas por
     la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
     (ANMAT).
    El vencimiento del producto NO podrá ser anterior a los SEIS (6) meses contados a
     partir de su entrega.
    La entrega deberá realizarse en la Provincia de Buenos Aires, DENTRO DEL PLAZO
     DE CINCO (5) DÍAS HÁBILES a partir de recibida la orden de provisión
     correspondiente. Oportunamente se brindarán los datos de contacto para la
     coordinación de la misma.
    El correspondiente pago se realizará dentro de los 45 días de presentada la factura,
     siempre y cuando la Comisión de Recepción Definitiva de este Ministerio de Salud
     haya establecido que la entrega se concretó en tiempo y forma, para lo cual, en caso de
     requerirse, deberá efectuar una verificación previa de los elementos adquiridos (a
     efectuarse únicamente dentro del AMBA) y se le deberán entregar los remitos físicos
     originales firmados por el receptor de la medicación.
    El incumplimiento del plazo de entrega indicado en la orden de provisión lo hará
     pasible de la aplicación del Artículo Nº 102 del Anexo I del Decreto Nº 1030/16
     “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”.
    Tanto la factura, de tipo B o C a nombre del Ministerio de Salud (CUIT Nº
     30546663422), como la copia de los remitos firmados por el receptor de los elementos
     y la copia de la orden de provisión correspondiente, deberán ser presentados ante este
     Ministerio de Salud a través del Portal TAD (Trámites a Distancia), bajo el proceso de
     Presentación de facturas no amparadas por proceso de compra, debiendo seleccionarse
     como destino la Dirección General de Administración.
    A los efectos de concretarse el pago correspondiente, deberán encontrarse inscriptos
     como beneficiarios en este Ministerio de Salud, en caso de no estarlo, se solicita que
     lo informen a la brevedad para que la Dirección de Contabilidad y Tesorería de este
     Ministerio se contacte con ustedes para efectuar su trámite.
    En caso de encontrarse alcanzados por la exención al impuesto al valor agregado por
     tratarse de la reventa de especialidades medicinales para uso humano, efectuada por
     establecimientos debidamente autorizados por la autoridad competente, que cumplan
     funciones similares a las droguerías o farmacias, deberán acreditar haber tributado el
     impuesto en la etapa de importación o fabricación (Decreto 692/98 TITULO II, art.29,
     párrafo 5°).


Por último, se informa que las cotizaciones serán recibidas HASTA LAS 10 HS DEL
DÍA MIÉRCOLES 29 DE MAYO DEL CORRIENTE, debiendo ser enviada en PDF y
debidamente    suscripta   al   correo   electrónico   cotizacionesdga@msal.gov.ar.
Asimismo, en las cotizaciones se deberá aclarar la fecha de vencimiento de la medicación
y el menor plazo de entrega posible, para ser analizados por las autoridades
correspondientes.

Se recuerda que el asunto deberá contener el número de expediente del presente proceso e
identificación del oferente.

Por cualquier duda, remitir su consulta a dicho correo, con el asunto "CONSULTA".

Sin más.

Muchas gracias.



DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN